Una democracia sin valores trascendentes conduce derechamente al totalitarismo


Consagrarse a Cristo Rey es desagraviar a Su Sagrado Corazón, la consagración es la verdadera reparación


La proclamación de Cristo como rey fue el 11 de junio de 1899 con la consagración del mundo al Sagrado Corazón de Jesús por el papa León XIII. Consagró a todo el género humano al Sagrado Corazón. Incluidos los que no creen en Jesucristo y los que no son miembros de la Iglesia, ni aceptan la autoridad pontificia. La fundamentación teológica de que se consagrase también a estas personas es, como enseñan san Agustín y santo Tomás, que la doctrina de la Iglesia es que aunque los que no católicos no están bajo la autoridad de Jesucristo y de su Vicario en cuanto al ejercicio de su autoridad (quantum ad executionem potestatis), todos los hombres les están sometidos en cuanto a su autoridad en sí (quantum ad potestatem), porque según recuerdan san Agustín y santo Tomás, Jesucristo murió para redimir a todos, como revela el Espíritu Santo por medio de san Pablo: «el Cristo se ha entregado para la redención de todos».

Esta doctrina nos da también el significado de la proclamación de la realeza universal de Jesucristo mostrando su Sagrado Corazón. Y es que la autoridad de Jesucristo es universal sobre todos los hombres; y el Papa, su Vicario en la tierra, tiene recibida esta autoridad sobre todos los hombres en materia de fe y de moral, incluidos los aspectos éticos de la política; pero no la ejerce sobre los que no acatan aún la autoridad del Papa y de la Iglesia.

Cristo es rey, pero su reinado no ha llegado aún a su plenitud y consumación.

Esta doctrina de san Agustín y santo Tomás es también la clave para entender la diferenciación, que data del siglo XIX, entre tesis e hipótesis. La tesis católica es que los pueblos, los Estados con sus gobernantes a la cabeza tienen el deber para con Dios, y necesitan para su buen funcionamiento, acatar la autoridad de Jesucristo ejercida por el Papa, su Vicario en la tierra. Pero esto es posible si toda o casi toda la población es católica. En el siglo XIX, cuando el liberalismo se fue apoderando de los Estados y a consecuencia de ello comenzó la descristianización de los pueblos, se formuló por los teólogos católicos que en la hipótesis de que la población no sea católica, entonces la Iglesia no debe reivindicar la confesionalidad del Estado y debe limitarse a reivindicar la libertad de poder realizar su misión básica de evangelizar.

Esta distinción entre la realeza universal de Jesucristo y la plenitud aún no realizada del ejercicio de su reinado, o lo que es lo mismo, la distinción entre la universalidad de la autoridad del Papa y de la Iglesia sobre la fe y la moralidad de los actos, incluso políticos y sociales, y la posibilidad de su ejercicio y acatamiento, es la clave para explicar que las autoridades eclesiásticas se limiten a reivindivar hoy en día, la sana laicidad, mientras que el Concilio Vaticano II lo que enseña en realidad es:
«La Iglesia, juntamente con los profetas y con el mismo Apóstol, espera el día, que sólo Dios conoce, en que todos los pueblos invocarán al Señor con voz unánime y le servirán hombro con hombro» (Nostra aetate, 4). 

Lo que es proclamar con toda seguridad la confesionalidad de todos los pueblos y que obrarán en consecuencia en el futuro.

«La edificación de la casa común europea sólo puede llegar a buen puerto si este continente es consciente de sus raíces cristianas y si los valores del Evangelio, así como de la imagen cristiana del hombre, son también en el futuro el fermento de la civilización europea» 

(Benedicto XVI, 3 de febrero de 2011 en solemne audiencia al embajador de Austria ante la Santa Sede.

La esperanza abre ya ahora la puerta del futuro, de la cristiandad futura: «La puerta oscura del tiempo, del futuro, ha sido abierta de par en par. Quien tiene esperanza vive de otra manera; se le ha dado una vida nueva» (Spe salvi, 2).

Porque la confesionalidad consiste en proclamar el principio del Estado católico y obrar en consecuencia. No como los regímenes liberales del XIX y del XX en España, que eran confesionales, pero inconsecuentes. Las Constituciones que impusieron los liberales en España, cuando se adueñaron del poder y de la riqueza por la fuerza, todavía eran confesionales; como la Constitución de Cádiz de 1812, y la de 1876, que mantuvo la confesionalidad hasta 1931, cuando fue suprimida por los golpistas que impusieron la II República. En esas constituciones ellos proclamaban que el Estado era católico, pero el poder supremo incluso en los aspectos morales de las leyes lo ponían en el parlamento, es decir en ellos mismos, en nombre del pueblo al que decían representar, y ejerciendo ellos un poder mucho más absoluto que la monarquía del despotismo ilustrado, al sustraerse a la autoridad de la Iglesia y del Papa, la máxima autoridad en materia de fe y moral sobre la tierra, «la santa y augustísima autoridad de la Iglesia, que en nombre de Dios preside al género humano y es vindicadora y defensora de todo poder legítimo» (Inscrutabili, León XIII, 1878).

Pero todavía no ejerce Jesús en su plenitud su realeza en la tierra:

«Al presente, no vemos todavía que le esté sometido todo» (Heb 2,8).

Consagrarse a Cristo Rey es desagraviar a Su Sagrado Corazón, la consagración es la verdadera reparación

El papa san Juan Pablo II enseña que la verdadera reparación al Sagrado Corazón de Jesús se identifica con la consagración, porque es unir el amor a Dios con el amor al prójimo para constituir la civilización del amor, el reinado del Sagrado Corazón de Jesús.
Este aspecto esencial de reparación, no sólo no está ausente en la fórmula de consagración del día de Cristo Rey, sino que consagrarse a Cristo Rey es reparar y desagraviar, la consagración es la reparación, constituir el reino del Sagrado Corazón de Jesús es la verdadera reparación, la que Jesús mismo quiere, según la doctrina de la Iglesia enseñada por el papa san Juan Pablo II:

El Concilio Vaticano II, al recordarnos que Cristo, Verbo encarnado, nos «amó con un corazón de hombre», nos asegura que «su mensaje, lejos de empequeñecer al hombre, difunde luz, vida y libertad para el progreso humano y, fuera de El, nada puede llenar el corazón del hombre» (cfr. Gaudium et spes 21). Junto al Corazón de Cristo, el corazón del hombre aprende a conocer el sentido verdadero y único de su vida y de su destino, a comprender el valor de una vida auténticamente cristiana, a evitar ciertas perversiones del corazón humano, a unir el amor filial hacia Dios con el amor al prójimo. Así —y ésta es la verdadera reparación pedida por el Corazón del Salvador— sobre las ruinas acumuladas por el odio y la violencia, se podrá constituir la tan deseada civilización del amor, el reino del Corazón de Cristo.

(Carta del papa san Juan Pablo II al P. Kolvenbach, entregada en Paray le Monial el 5 de octubre de 1986).

Consagrarse al Corazón de Jesús es constituirse en ciudadano de su reino y tenerle como rey personalmente a la espera del Reinado en plenitud de ejercicio del Sagrado Corazón de Jesús en toda la sociedad humana, tal como Él mismo lo establecerá con su segunda venida en gloria y majestad.

Consagrarse al Sagrado Corazón de Jesús no sólo es la síntesis de la religión, que es la más alta virtud dentro de la virtud cardinal de la justicia, sino que es el núcleo de la vida cristiana enraizada en las virtudes de la caridad, la fe y la esperanza.

Caducidad de la sana laicidad

Será también cuando todos crean que Jesucristo es Dios y obren en consecuencia, también en la vida política, lo cual se producirá con toda seguridad tal como fue anunciado por el Concilio Vaticano II:

«La Iglesia, juntamente con los profetas y con el mismo Apóstol, espera el día, que sólo Dios conoce, en que todos los pueblos invocarán al Señor con voz unánime y le servirán hombro con hombro» (Nostra aetate, 4).

Lo que es proclamar con toda seguridad la confesionalidad de todos los pueblos y que obrarán en consecuencia en el futuro.

Mientras tanto:

Reivindicar la sana laicidad es pedir que las propuestas y aportaciones de los católicos sean tenidas en cuenta. Frente al laicismo, que excluye toda presencia de lo católico en la vida pública. Ya sería mucho. Porque algo es más que nada. Pero, cuando se permite que se presenten las propuestas católicas y luego se imponen normas anticristianas y antihumanas como las que legalizan la muerte de niños en el vientre materno, ¿acaso alguien puede pretender que nos sea lícito a los católicos acatar normas anticristianas y antihumanas? La respuesta establecida por Dios es el non possumus. Ni se obedecen, ni se cumplen. Como decía Canals, no se puede aceptar deportivamente el resultado.

Benedicto XVI (Discurso al congreso de la Unión de Juristas Católicos italianos 9-XII-2006):

«Los creyentes en Cristo, tienen el deber de contribuir a elaborar un concepto de laicidad que, por una parte, reconozca a Dios y a su ley moral, a Cristo y a su Iglesia, el lugar que les corresponde en la vida humana, individual y social, y que, por otra, afirme y respete “la legítima autonomía de las realidades terrenas”, entendiendo con esta expresión –como afirma el concilio Vaticano II– que “las cosas creadas y las sociedades mismas gozan de leyes y valores propios que el hombre ha de descubrir, aplicar y ordenar paulatinamente”» (Vat. II, GS 36). «Esta afirmación conciliar constituye la base doctrinal de la “sana laicidad”, la cual implica que las realidades terrenas ciertamente gozan de una autonomía efectiva de la esfera eclesiástica, pero no del orden moral».

Benedicto XVI ante la asamblea plenaria del Pontificio Consejo para los Laicos en el Palacio Apostólico del Vaticano (21/5/2010):

“La misión (de la Iglesia) es dar su juicio moral incluso sobre cosas que corresponden al orden político, cuando lo exijan los derechos fundamentales de la persona y la salvación de las almas, utilizando sólo aquellos medios que son conformes al evangelio y al bien de todos”.
“Compete a los fieles laicos participar activamente en política, siempre coherentes con las enseñanzas de la Iglesia, compartiendo razones bien fundadas y grandes ideales en la dialéctica democrática, en la búsqueda de amplios consensos”.

Las noticias optimistas del Evangelio vienen también en el Apocalipsis

La Iglesia especifica:

Catecismo de la Iglesia Católica n 2109

El derecho a la libertad religiosa no puede ser de suyo ni ilimitado (cf Pío VI, breve Quod aliquantum), ni limitado solamente por un “orden público” concebido de manera positivista o naturalista (cf Pío IX, Carta enc. Quanta cura»). Los “justos límites” que le son inherentes deben ser determinados para cada situación social por la prudencia política, según las exigencias del bien común, y ratificados por la autoridad civil según “normas jurídicas, conforme con el orden objetivo moral” (Vat. II, DH 7).

Catecismo de la Iglesia Católica n 2105.

«El deber de rendir a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado. Esa es “la doctrina tradicional católica sobre el deber moral de los hombres y de las sociedades respecto a la religión verdadera y a la única Iglesia de Cristo” (Vat. II, DH 1c). Al evangelizar sin cesar a los hombres, la Iglesia trabaja para que puedan “informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras de la comunidad en la que cada uno vive” (Vat. II, AA 13). Deber social de los cristianos es respetar y suscitar en cada hombre el amor de la verdad y del bien. Les exige dar a conocer el culto de la única verdadera religión, que subsiste en la Iglesia católica y apostólica (cf Vat. II, DH 1). Los cristianos son llamados a ser la luz del mundo (cf Vat. II, AA 13). La Iglesia manifiesta así la realeza de Cristo sobre toda la creación y, en particular, sobre las sociedades humanas (cf León XIII, Carta enc. Immortale Dei; Pío XI, Carta enc. Quas primas)».

DISTINCIÓN SIN CONFUSIÓN EN LA IMMORTALE DEI, LA «CARTA MAGNA» DEL ESTADO CRISTIANO

«Dios ha repartido, por tanto, el gobierno del género humano entre dos poderes: el poder eclesiástico y el poder civil. El poder eclesiástico, puesto al frente de los intereses divinos. El poder civil, encargado de los intereses humanos. Ambas potestades son soberanas en su género. Cada una queda circunscrita dentro de ciertos límites, definidos por su propia naturaleza y por su fin próximo. De donde resulta una como esfera determinada, dentro de la cual cada poder ejercita iure proprio su actividad. Pero como el sujeto pasivo de ambos poderes soberanos es uno mismo, y como, por otra parte, puede suceder que un mismo asunto pertenezca, si bien bajo diferentes aspectos, a la competencia y jurisdicción de ambos poderes, es necesario que Dios, origen de uno y otro, haya establecido en su providencia un orden recto de composición entre las actividades respectivas de uno y otro poder. (…) Si así no fuese, sobrevendrían frecuentes motivos de lamentables conflictos, y muchas veces quedaría el hombre dudando, como el caminante ante una encrucijada, sin saber qué camino elegir, al verse solicitado por los mandatos contrarios de dos autoridades, a ninguna de las cuales puede, sin pecado, dejar de obedecer. (…) Es necesario, por tanto, que entre ambas potestades exista una ordenada relación unitiva, comparable, no sin razón, a la que se da en el hombre entre el alma y el cuerpo.» (Inmortale Dei, 6).

«…Hubo un tiempo en que la filosofía del Evangelio gobernaba los Estados. En aquella época la eficacia propia de la sabiduría cristiana y su virtud divina habían penetrado en las leyes, en las instituciones, en la moral de los pueblos, infiltrándose en todas las clases y relaciones de la sociedad. La religión fundada por Jesucristo se veía colocada firmemente en el grado de honor que le corresponde y florecía en todas partes gracias a la adhesión benévola de los gobernantes y a la tutela legítima de los magistrados. El sacerdocio y el imperio vivían unidos en mutua concordia y amistoso consorcio de voluntades. Organizado de este modo, el Estado produjo bienes superiores a toda esperanza.» (Inmortale Dei, 9)

León XIII:

«en un régimen cuya forma sea quizás la más excelente de todas, la legislación puede ser detestable, y, por el contrario, dentro de un régimen cuya forma sea la más imperfecta puede hallarse a veces una legislación excelente» (1892, enc. Au milieu des sollicitudes 26).

San Pío X señalaba que «hay un error y un peligro en enfeudar, por principio, el catolicismo en una forma de gobierno» (1910, cta. Notre charge apostolique 31).

Expresa A. Desqueyrat:

«La Iglesia nunca ha condenado las formas jurídicas del Estado: nunca ha condenado la monarquía –absoluta o moderada–, nunca ha condenado la aristocracia –estricta o amplia–, nunca ha condenado la democracia –monárquica o republicana–. Sin embargo, ha condenado todos los regímenes que se fundamentan en una filosofía errónea» (L’enseignement politique de l’Église, Spes 1960, Inst. Cath. de Paris, I,191).

–Concilio Vaticano II:

«Es necesario estimular en todos la voluntad de participar en los esfuerzos comunes. Merece alabanza el modo de obrar de aquellas naciones en las que la mayor parte de los ciudadanos participa con verdadera libertad en la vida pública» (GS 31c). «Con el desarrollo cultural, económico y social se consolida en la mayoría el deseo de participar más plenamente en la ordenación de la comunidad política» (73c).

–San Juan Pablo II:

«La Iglesia aprecia el sistema de la democracia, en la medida en que asegura la participación de los ciudadanos en las opciones políticas y garantiza a los gobernados la posibilidad de elegir y controlar a sus propios gobernantes, o bien la de sustituirlos oportunamente de manera pacífica–. Por esto mismo, no puede favorecer la formación de grupos dirigentes restringidos que, por intereses particulares o por motivos ideológicos, usurpan el poder del Estado» (1991, enc. Centesimus annus 46).

«Si hoy se advierte un consenso casi universal sobre el valor de la democracia, esto se considera un positivo “signo de los tiempos”, como también el Magisterio de la Iglesia ha puesto de relieve varias veces (cf. … Pío XII, Radiomensaje 24-XII-1944). Pero el valor de la democracia se mantiene o cae con los valores que encarna y promueve… En la base de estos valores no pueden estar provisionales y volubles “mayorías” de opinión, sino sólo el reconocimiento de una ley moral objetiva que, en cuanto “ley natural” inscrita en el corazón del hombre, es punto de referencia normativa de la misma ley civil». Por eso, cuando «el escepticismo llegara a poner en duda hasta los principios fundamentales de la ley moral, el mismo ordenamiento democrático se tambalearía en sus fundamentos, reduciéndose a un puro mecanismo de regulación empírica de intereses diversos y contrapuestos… En una situación así, la democracia se convierte fácilmente en una palabra vacía» (1995, enc. Evangelium vitæ 70).

–Benedicto XVI ha advertido con frecuencia que una democracia sin valores conduce derechamente al totalitarismo:

«Cuando la ley natural y la responsabilidad que ésta implica se niegan, se abre dramáticamente el camino al relativismo ético en el plano individual y al totalitarismo del Estado en el plano político» (16-VI-2010).

«Una democracia liberal y relativista no es propiamente una democracia, sino una falsificación, una corrupción de la democracia. No pocas veces ha sido denunciada esta realidad por el reciente Magisterio apostólico de Juan Pablo II y de Benedicto XVI. Sus advertencias actuales para que se dé una democracia verdadera vienen a ser las mismas exigencias que indicaba hace años Pío XII (1944, radiom. Benignitas et humanitas).
Que el Estado debe ser laico, aunque no laicista, es un principio falso, que extingue la actividad política de los católicos, y lleva al pueblo cristiano a una apostasía cada vez más profunda, a través de la secularización progresiva de la sociedad, cada vez más cerrada a Dios» (Iraburu).

La plena implantación del reinado de Jesucristo en el mundo.

La segunda venida de Jesucristo tendrá como consecuencia, entre otras, el triunfo de la devoción al Sagrado Corazón de Jesús. Y no al revés. No es a consecuencia de un triunfo debido a un proceso de crecimiento de la Iglesia como se producirá la consumación en la Tierra del Reinado Social de Jesucristo por su misericordia y la consiguiente época profetizada de paz y prosperidad en la Iglesia (CIC 677, 673, 672, 675, 674). Este Reinado ha de venir ciertamente. Y será consecuencia de la segunda venida de Jesucristo que producirá con su manifestación gloriosa la liquidación de la apostasía y el hundimiento del régimen anticristiano, que ahora ya domina y que aún llegará a imperar de forma total.

La segunda venida de Cristo, en gloria y poder, no será precedida, sino seguida por la conversión de Israel, porque será consecuencia suya. Aunque ya algo antes de la segunda venida de Jesucristo se producirá por su gracia misericordiosa la conversión de algunos judíos (Ap 3,9), en la época de la Iglesia de Filadelfia, nuestra época.

“Te voy a entregar algunos de la Sinagoga de Satanás, de los que se proclaman judíos y no lo son, sino que mienten; yo haré que «vayan a postrarse delante de tus pies» (Is 45,14), para que sepan «que yo te he amado» (Is 60,14), (Ap 3,9)”

Tras la quiebra de la apostasía y el hundimiento del imperio anticristiano a consecuencia de la Parusía de Jesucristo, vendrá sin obstáculo el proceso de recristianización mediante el auge de la devoción a la Virgen María y de la devoción al Sagrado Corazón de Jesús. El triunfo de estas devociones tras la segunda venida de Jesucristo traerá la implantación consumada del reinado social de Nuestro Señor Jesucristo en la Tierra como aseguran respectivamente san Luis María Grignon de Monfort y el padre Orlandis:

“La salvación del mundo comenzó por medio de María y por medio de Ella debe consumarse. María casi no se manifestó en la primera venida de Jesucristo (…) Pero, en la segunda venida de Jesucristo, María tiene que ser conocida y puesta de manifiesto por el Espíritu Santo, a fin de que por Ella Jesucristo sea conocido, amado y servido”
(San Luis María Grignion de Montfort, Tratado de la verdadera devoción a la Santísima Virgen María, cap. III titulado María en los últimos tiempos de la Iglesia).

«Como consecuencia del triunfo de esta devoción ha de venir la época profetizada de paz y prosperidad en la Iglesia, coincidente con el Reinado Social de Jesucristo»
(El padre Orlandis explicando la devoción al sagrado Corazón en la fiesta de Cristo Rey del 25 de octubre de 1942).

El reinado de Cristo Rey en cada alma, la dimensión personal del reinado del Sagrado Corazón, que es la primordial por cierto, se produce ya plenamente como consecuencia de la devoción al Sagrado Corazón. Y ésta sí que llega a su plenitud en las almas a las que Jesús se la concede ya en esta época anterior a su segunda venida.

La dimensión social del reinado del Sagrado Corazón llegará a su plenitud y consumación en el mundo tras la Parusía, la segunda venida de Jesucristo gloriosamente, porque es consecuencia de la Parusía; y así será implantado su reino consumado en el mundo por la propia acción misericordiosa de Jesucristo, como es implantado por Él en cada uno de los que le aman.