El TC peruano ya había fallado de manera definitiva a favor de que el Arzobispado de Lima participara activamente en la administración de los bienes legados por Riva-Agüero a la PUCP y luego se volvió a pronunciar reiterando que su decisión debe ser cumplida por el Poder Judicial por ser vinculante.
Precisamente, en esta última resolución el TC declara fundada la queja de Muñoz contra la resolución del 9 de diciembre del 2011, emitida por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Lima, que declara improcedente el recurso de “apelación por salto” presentado por la Iglesia.
Como se sabe, el Arzobispado pidió que la Sala Civil encargada del proceso acate lo dispuesto por el TC, pero eso fue rechazado, y por ello aplicó la figura de la “apelación por salto”, que también fue rechazada por el juez, ante lo cual la Iglesia se vio obligada a presentar una “queja” contra esa decisión judicial.

“Se dispone notificar a las partes y oficiar al Décimo Noveno Juzgado Civil de Lima para que proceda a elevar en forma inmediata el expediente de ejecución de la sentencia y la resolución de aclaración emitidas en el Exp. N°03347-2009”, señala el documento del TC, luego de lo cual sus miembros se pronunciarán sobre el fondo del asunto.

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