Fue un abuso someter a Jesús a un juicio sumario y en horas de madrugada ya que el juicio judío era diurno y requería la presencia de la totalidad de integrantes del Sanedrín.

 

Derecho Procesal  Garantías procesales. Proceso. Legitimidad

Introducción

En la aplicación del sistema procesal romano y dentro de la tradición del mundo cristiano, se dio un proceso que definió el rumbo de la humanidad como el más importante de todos los tiempos, este fue el proceso contra Jesucristo.

De este tan importante proceso definiré el acontecimiento, el año del mismo, el emperador que gobernaba, el tipo de proceso, la proporcionalidad del hecho acusado con relación a la pena aplicada, las personas que intervinieron en el mismo, la legitimidad para actuar en este proceso, las posibles medidas alternativas, la forma de la ejecución de la sentencia y las garantías del sentenciado.

Juicio de Jesucristo

Acontecimiento

Los miembros del Sanhedrín, temerosos de Cristo, decidieron su muerte espoleados por Caifás, sumo sacerdote. Pero el sanedrín no tenía competencias jurídicas civiles y no podía aplicar el Ius gladii, la pena de muerte. Entregan a Jesús acusándolo de ser un malhechor traído ante Pilato para ser condenado debido a que en la ley judía no había o no tenían la facultad para aplicar la pena de muerte.

Pensaron que seria mejor que Roma fuera la que ejecutara la pena y se llevara las culpas. Así que llevaron a Jesús ante Poncio Pilato y le acusaron no sólo de ser un blasfemo contra la Ley de Moisés, sino también de «rebelión contra Roma» y por ello trataron que Pilato creyera que Jesús era un revolucionario anti-romano, pero Pilato no cayo.

Jesús fue traicionado y entregado por Judas Iscariote; arrestado en el huerto de Getsemaní; abandonado por sus discípulos y particularmente negado por el primero de ellos, Pedro.

“ Y levantándose todos ellos, le llevaron ante Pilato.
Comenzaron a acusarle diciendo: «Hemos encontrado a éste alborotando a nuestro pueblo, prohibiendo pagar tributos al César y diciendo que él es Cristo Rey.»

Pilato le preguntó: «¿Eres tú el Rey de los judíos?» El le respondió: «Sí, tú lo dices.»

Pilato dijo a los sumos sacerdotes y a la gente: «Ningún delito encuentro en este hombre.»Pero ellos insistían diciendo: «Solivianta al pueblo, enseñando por toda Judea, desde Galilea, donde comenzó, hasta aquí.»

Al oír esto, Pilato preguntó si aquel hombre era galileo.
Y, al saber que era de la jurisdicción de Herodes, rey de galilea, le remitió a Herodes, que por aquellos días estaba también en Jerusalén. Cuando Herodes vio a Jesús se alegró mucho, pues hacía largo tiempo que deseaba verle, por las cosas que oía de él, y esperaba presenciar alguna señal que él hiciera.

Le preguntó con mucha palabrería, pero él no respondió nada.
Estaban allí los sumos sacerdotes y los escribas acusándole con insistencia. Pero Herodes, con su guardia, después de despreciarle y burlarse de él, le puso un espléndido vestido y le remitió a Pilato.
Aquel día Herodes y Pilato se hicieron amigos, pues antes estaban enemistados.

Pilato convocó a los sumos sacerdotes, a los magistrados y al pueblo
y les dijo: «Me habéis traído a este hombre como alborotador del pueblo, pero yo le he interrogado delante de vosotros y no he hallado en este hombre ninguno de los delitos de que le acusáis.

Ni tampoco Herodes, porque nos lo ha remitido. Nada ha hecho, pues, que merezca la muerte.

Así que le castigaré y le soltaré.»

Toda la muchedumbre se puso a gritar a una: «¡Fuera ése, suéltanos a Barrabás!»
Este había sido encarcelado por un motín que hubo en la ciudad y por asesinato.
Pilato les habló de nuevo, intentando librar a Jesús,
pero ellos seguían gritando: «¡Crucifícale, crucifícale!»

Por tercera vez les dijo: «Pero ¿qué mal ha hecho éste? No encuentro en él ningún delito que merezca la muerte; así que le castigaré y le soltaré.»

Pero ellos insistían pidiendo a grandes voces que fuera crucificado y sus gritos eran cada vez más fuertes.

Pilato sentenció que se cumpliera su demanda.

Soltó, pues, al que habían pedido, el que estaba en la cárcel por motín y asesinato, y a Jesús se lo entregó a su voluntad.

Año de este histórico hecho

      Poco después de las seis de la mañana del viernes 7 de abril del año 30, Jesús fue llevado ante Pilatos, es aquí donde empieza el proceso más injusto de la Historia, como lo fue el proceso de Jesucristo.

Emperador Romano que gobernaba

El emperador en el poder era Tiberio.

Al acceder al poder Augusto encontró a Roma sumida en el más absoluto caos. Cuando falleció, el Estado había sido pacificado y organizado.

Octavio Augusto nace el 24 de septiembre del año 63 a.C. en el seno de una familia burguesa procedente de Veletri, en el Lazio.

Su padre se llamaba Cayo Octavio y había sido durante un tiempo gobernador de Macedonia. Su carrera política estuvo determinada por su matrimonio con Atia, una sobrina de César

.

El nombre de Augusto tenía buenos augurios ya que se designaba así a aquellos lugares consagrados que habían sido elegidos por los augures.

Su salud fue siempre muy frágil, estando afectado de eccema, colitis y bronquitis, enfermedades que se fueron enconando con el tiempo para convertirse en crónicas y motivar que siempre tuviera que ir acompañado de un médico, al tiempo que sentía pánico por las corrientes de aire.

Cuando Augusto falleció en el año 14 de nuestra era, el sucesor designado fue Tiberio, el hijo menor de Agripa y Livia. El nombramiento no fue fácil ya que Augusto nunca mostró hacia él especial atracción. Tras la muerte de Cayo César sólo quedaba Tiberio como sucesor, siendo adoptado por Augusto e investido con poderes proconsulares. Su gobierno está caracterizado por la contradicción, reflejo de su carácter.

Tiberio fortaleció las bases militares del Imperio, estableciendo a los pretorianos en Roma. El jefe del pretorio, Sejano, se convertía en el personaje más importante tras el emperador y él recibió el gobierno cuando Tiberio se trasladó a Capri en el año 26, abandonando el poder para entregarse a los placeres.

Cinco años después regresaba a la vida pública acabando con el gobierno del jefe del pretorio. Sejano fue condenado a muerte y ejecutado.

Tipo de proceso aplicado

Considero que se dio un tipo de proceso extraordinario; debido a que fue un proceso monofásico, pues intervino Pilato, que fue quien realizo todo el proceso, ( a pesar del la cantidad de veces que lo hicieron ir a otros lados como por ejemplo, cuando fue mandado donde Herodes). Sin embargo no con todas sus características, pues hasta donde logre investigar este proceso nunca fue escrito, ni se permitieron contra demandas ni mucho menos apelaciones.

Además en Roma existió la figura del Defendis Plebis y en este caso no se uso esta figura.

En roma siempre respetó el Principio de Personalidad de la ley, según el cual en cada provincia se podría mantener la legislación propia bajo la vigilancia romana. Si este es el caso, ante la autoridad del sanehedín terminaba el juzgamiento de Jesús, pero varían la acusación para involucrar a las autoridades romanas.

Al entrar las autoridades romanas:

  • La ley a aplicar no es el ius civile o de delitos romanos ( que era una lista con los gnicos delitos posibles, porque Jesús no era ciudadano romano sino un peregrino, caso en cual se aplicaba el ius gentium derecho que estaba en manos del pretor peregrino y no del gobierno.

  • Pilato no era el gobernador, el cual se ubicaba en Palestina, sino el procurador, es decir la primera instancia. En casos de pena de muerte había apelar ante el gobernador y ante el mismo Emperador. Además por la cercanía de la pascua no se permitía llevar acabo un juzgamiento en el cual estuviera involucrada la posible aplicación de la pena de muerte. (Precisamente por respeto a las normas judías).

Y señalar que además la sentencia se ejecuto de forma inmediata.

Pilatos tuvo la opción de apelar a la absolución del un reo que se acostumbraba realizarse por Pascua:

    «Era costumbre que el procurador, con ocasión de la fiesta, diese a la muchedumbre  la libertad de un preso, el que pidieran»

Pilatos hizo uso de esta opción obteniéndose los resultados que ya conocemos.

La proporcionalidad del hecho acusado con relación a la pena aplicada

¿Era Jesús culpable?¿Merecía la pena de muerte?

Hay que considerar que nos encontramos con unas contradicciones considerables: si sólo hubiese sido culpado de desacato a la ley judía, entonces era imposible que los romanos le condenasen a morir de forma tan vil, ya que a estos les importaba muy poco la religión hebrea y las rencillas que sus creyentes pudieran tener entre ellos.

Los romanos únicamente por la acusación de proclamarse rey, y de ser un revolucionario mesiánico y además atentar contra la integridad del Imperio, podían tomárselo en serio.

En aquellos tiempos la pena de prisión era muy rara. La pena de muerte (ius gladius) era aplicada en casos extremos como el asesinato o la traición y la pena más común para delitos graves era el destierro. El castigo de los azotes servía como advertencia a los culpables de delitos menores como desórdenes, pequeños robos, etc.

Pero en ningún caso podía ser aplicada a un ciudadano romano ya que el Derecho Romano lo prohibía expresamente.

Este juicio se llevo acabo en un lugar de acceso principal debido a que era un juicio público y había que conjugar la presencia del gentío con la seguridad interna del recinto.

El comportamiento de Pilato es primero ajustado a la ley, pero cuando se convoca juicio público y Jesús comparece ante un auditorio que era «seleccionado» por sus acusadores, la mente de Pilato sólo ve a un acusado y a muchos acusadores pidiendo su muerte.

Quizás pensó que mejor dejar que mataran a Jesús para calmar el ansia de sangre de aquellos judíos y así, con cobardía, dejó a Jesús en manos de los verdugos no sin antes dejar constancia de que él no tenía nada contra aquel hombre al que iban a crucificar. A pesar de ello, incomprensiblemente, Pilato no le encuentra ninguna culpa, además de que, siendo así, es altamente sospechoso que ordenase su crucifixión, efectivamente, si no le encuentra culpable no puede condenarle a morir en la cruz, a pesar del instigamiento de parte del pueblo judío.

En roma los delitos debían constar en una lista y el Ius Gentium respetaba los delitos estables como tales.

Los sujetos que intervienen en el proceso

¿Quiénes intervienen en el proceso a Jesús?

Básicamente cinco personas: Caifás, sumo sacerdote; Anás, que había sido sumo sacerdote y era suegro de Caifás; Herodes, rey de Judea; Pilato; procurador Romano, Barrabas y por supuesto Jesús.

Pilatos es de nuevo un mero instrumento de los designios de Dios, ya que no es culpable directa de la crucifixión de Jesús.

Poncio Pilato, fue prefecto de Judea del año 26 al 36 de nuestra era. El relato de los Evangelios nos muestra a un perfecto y cuadriculado burócrata preocupado por hacer cumplir la ley de Roma, exactamente igual que cualquier funcionario celoso de su deber. Pilato era un hombre de Sejano, el prefecto del pretorio de Roma.

Aunque era un administrador razonablemente bueno, moralmente era un cobarde. No era un hombre lo bastante grande como para comprender la naturaleza de su tarea como gobernador de los judíos. No lograba captar el hecho de que estos hebreos tenían una religión real, una fe por la que estaban dispuestos a morir, y que millones y millones de ellos, dispersos por todo el imperio, que consideraban a Jerusalén como el santuario de su fe y respetaban al sanedrín como el tribunal más alto de la tierra.       Es importante constatar que, aunque este gobernante romano indeciso sacrificó a Jesús por miedo a los judíos y para salvaguardar su posición personal, finalmente fue destituido a consecuencia de una matanza innecesaria.

Cuando cayó Sejano, Pilato fue cesado y llamado a Roma donde tuvo que dar cuenta de muchas de sus «hazañas», como la famosa masacre de samaritanos y demás asesinatos en masa.

Se le condenó por sus excesos y murió poco después.

Caifás era Sumo Sacerdote aquel año. Caifás era un político que se enriquecía con el culto del Templo.

Ocupaba su cargo apoyado por Roma. Hacía tiempo que el sumo sacerdocio había dejado de ser un cargo vitalicio.

Caifás era yerno de Anás, que a pesar de ser destituido conservaba una gran influencia y seguía gobernando a través de sus hijos y parientes.

Este Caifás tuvo, a pesar suyo, una intervención profética, aunque movida por el resentimiento.

Caifás pretendía defender la situación del momento sin importarle los signos que probaban que verdaderamente Jesús era el Mesías, el rey prometido.

Él es quien rasga las vestiduras y declara blasfemo y reo de muerte a Jesús.

Fue quien preguntó a Jesús, si era el Mesías. Jesús lo afirmo, pero nunca lo dice expresamente y esa fue la razón más poderosa para que lo sentenciaran.

Herodes; era hijo de Herodes el Grande, el que mandó matar a los inocentes de Belén. Estaba unido a Herodías, su sobrina y esposa de su hermano Filipo. Por causa de esta Herodías, Herodes hizo decapitar a Juan Bautista. Era un taimado y sensual, que buscaba de toda forma congraciarse con Roma. Para adular al emperador Tiberio puso el nombre de Tiberiades a la ciudad sede de su tetrarquía. Aunque muy cerca de los caminos y ciudades por donde Jesús andaba, el Señor nunca puso los pies en Tiberiades.

Barrabas; es otro extraño personaje del drama de la Pasión. Su nombre y su participación en el proceso de Cristo son referidos por los cuatro evangelistas. Mateo le llama «preso famoso», Marcos dice de él que era homicida y sedicioso, Lucas dice lo mismo, pero el cuarto evangelista, Juan, lo califica de «bandido». Quiere decir que pertenecía a una banda de «guerrilleros» o «terroristas». Quizá haya sido un miembro del partido ultranacionalista de los «zelotes».

La legitimidad para actuar

La acusación de proclamarse Hijo de Dios no bastaba ante Pilatos, era necesaria una acusación política y no religiosa para lograr una condena a muerte.

Recordemos que los miembros del Sanehedrín, no tenían competencias jurídicas civiles y no podía aplicar el Ius gladii, la pena de muerte.

Por esa razón lo envían donde Pilatos, para que este lo condenara. Pero este pensó que fácilmente iba a librarse del proceso de Jesús cuando oyó en medio del griterío de la gente amotinada que Cristo venía de Galilea.

Entonces el asunto no era de su jurisdicción, sino de Herodes Antipas. Y allá envió al pobre Jesucristo junto al Tetrarca de Galilea, que ocasionalmente estaba en la ciudad.

Herodes era hijo de Herodes el Grande, aquel que mandó matar a los inocentes de Belén. Era un taimado y sensual, que buscaba de toda forma congraciarse con Roma.

Herodes recibe a Jesús en su palacio y le hace mil interrogaciones. Pero como Jesús no hablo una sola palabra, este déspota le despidió con muchas burlas y le echó a la calle con una espléndida túnica blanca, de vuelta donde Pilatos.

Las medidas alternas que se pudieron haber dado:

Al no existir una acusación política para una condena a muerte, en mi opinión y no pensando que así lo fuera Jesús: debió haber sido amonestado y azotado por blasfemo, era una acusación judía que no incumbía a Roma. Pero jamás una pena de muerte, que dicho sea de paso fue promovida por el mismo pueblo judío.

Retomo lo pasado que en esos tiempos la pena de prisión era muy rara. La pena de muerte (ius gladius) era aplicada en casos extremos como el asesinato o la traición y la pena más común para delitos graves era el destierro. El castigo de los azotes servía como advertencia a los culpables de delitos menores como desórdenes, pequeños robos, etc.

La efectividad de la ejecución de la sentencia:

Pilatos se dirige al pueblo y pregunta a quién de los presos absuelve, Barrabás o Jesús. El juego de palabras de ambos nombres confunde al pueblo, y vuelven a insistir en que quieren la muerte de Jesús. Pilatos pretende contentar a los judíos con el azotamiento de Jesús. Pero el grito es unánime, la flagelación no basta: «¡Crucifícale!», por querer ser llamado el hijo de Dios.

Pilatos se lava las manos, no desea ser responsable de la sangre que corre, entrega Jesús a los judíos. El camino de la calavera llevará a Jesús a la ansiada crucifixión.

Prácticamente la sentencia se ejecuto inmediatamente de la decisión de Pilatos y seguidamente de su lavado de manos.

Las garantías del sentenciado si es que se dieron:

Los juicios romanos seguían un trámite estricto: los acusadores (cualquier ciudadano libre) presentaban los cargos y los testigos que los apoyaban. El acusado tenía tres oportunidades de defenderse. Sin embargo en el juicio de Jesús nunca existieron esas tres oportunidades, tomando en cuenta que no debía haber sido juzgado por esta jurisdicción. Puesto que no era ciudadano romano y por ello solo aplicaba el Ius Gentium que respetaba el derecho procesal.

Sino que más bien debió haber sido juzgado por el derecho procesal judío que, era favorable al reo y estaba repleto de garantías:

  • Se exigía testigos de descargo.

  • La noche era momento inhábil para las actuaciones judiciales.

  • Los testigos de cargo deben ser directos, y sus testimonios debían ser absolutamente coincidentes para  decretarse la condena de muerte.

  • La sentencia no era emitida en el mismo acto del juicio sino al día siguiente. Lo que no se podía dar por la Pascua.

Pero repito que no fue este el caso del proceso de Jesús. Debido a las injusticias que un pueblo comete, avaladas por un cobarde como lo fue Poncio Pilatos.

Conclusión

Mediante el análisis del proceso realizado a nuestro señor Jesucristo, con todo y el estudio del sistema procesal romano previamente asimilado en clase, y mediante la investigación del sistema procesal de Judea, encuentro que estamos frente al proceso más disímil, inicuo y mal constituido de la justicia romana.

Desde distintos puntos de vista hay dos cosas que no entiendo: primero como abogado, no concibo todavía por que no se le dieron las garantías que otorgaba el sistema procesal romano en la época, si es que mediante ese sistema debió haber sido juzgado o peor aun no se le dieron las garantías instituidas por el sistema procesal de Judea; segundo desde el punto de vista religioso, tendría que concluir que todo fue para salvar a los hombres y que así estaba ideado por Dios ya que esa fue su voluntad “Entregar al hijo de Dios a los hombres” .

Bibliografía

Derecho Romano/ Cuarta Edición/ Marta Morineau Iduarte y Román

Iglesias González.

La Sagrada Biblia/ Nueva Edición Guadalupana

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Dr. Roberto Miranda Moreno (*)

Ya es improcedente por la hora avanzada, por la oscuridad e incluso por el lugar de detención.

¿Pudo ser apelada la sentencia de muerte contra Jesús? ¿Fue legal su arresto? Sin duda la Semana Santa nos trae a reflexión no sólo aspectos religiosos sino también aspectos legales que demuestran los vicios y las faltas de garantías procesales reconocidas en su época y a las que fue sometido Jesús de Nazarea. El Dr. Roberto Miranda Moreno, Abogado, Doctorado y Master en Ciencias Penales trata de descifrar cómo fue el arresto, el juicio y la sentencia injusta al que fue sometido Jesús.

1.- EL ARRESTO:

Era sólo para delitos flagrantes, según el derecho judaico el arresto sólo procedía para delitos flagrantes, es decir en el acto mismo en que el delito era perpetrado.

Eso ocurrió, por ejemplo, cuando trajeron ante Jesús, a la mujer adúltera para apedrearla.

Jesús al momento de ser arrestado reclamó por la hora avanzada, por la oscuridad e incluso por el lugar de detención, ya que no fue detenido durante sus recorridos por la ciudad, ni en la sinagoga, sino en un jardín privado.

2.- DUPLICIDAD DE JUICIOS Y PROCESOS.

Fue un abuso someter a Jesús a un juicio sumario y en horas de madrugada ya que el juicio judío era diurno y requería la presencia de la totalidad de integrantes del Sanedrín. Se calcula que fue detenido en la medianoche del 14 de nisán (jueves) y el juicio ante el Sumo Sacerdote empezó a la una de la madrugada, siendo llevado a las 6 a .m. al Palacio de Poncio Pilatos y conducido a Herodes a las 8 de la mañana.

2.1. El juicio religioso: La imputación de carácter religioso fue levantada por los sacerdotes, fariseos, escribas y saduceos, el delito tipificado por estas autoridades religiosas fue de blasfemia, por haberse autodenominado “Hijo de Dios”.

2.2. El juicio político: La imputación de carácter político tenía como propósito tipificar el delito de sedición contra el imperio, asegurar la pena de muerte, además quitarle el titulo de Mesías o Libertador y que las autoridades religiosas se congracien con Roma, para ello utilizaron testigos falsos que manifestaron que Jesús estaba en contra del pago del tributo al Cesar.

Recuérdese que una semana antes al entrar Jesús a Jerusalén (domingo de ramos) la multitud coreaba “libéranos te lo rogamos” que en la lengua original se dice “hosanna”.

3.- EL ASUNTO DE LA JURISDICCIÓN: ¿HERODES O PILATOS?

Pilatos se lava las manos por primera vez cuando al percatarse que Jesús era Galileo, por ende, Herodes tenía competencia sobre él. Pero Herodes era sanguinario y podría haber decretado la muerte de Cristo como lo había hecho poco antes, decapitando a Juan el Bautista.

Herodes incluso creía que Jesús era Elías reencarnado o que era Juan el Bautista resucitado.

4.- LA PRIMERA DECISIÓN DE PILATOS: ES INOCENTE.

Poncio Pilatos se vuelve a lavar las manos por segunda vez cuando manifiesta que no encontraba ningún delito en Jesucristo, pero decreta que sea azotado.

Luego ante tanta presión de la casta religiosa judía vuelve a evadir su responsabilidad decisoria y lavarse las manos recurriendo al plebiscito. Por ende, encontramos dos sentencias contradictorias de primera y segunda instancia:

4.1. Pena de azote: Flagelamiento.

4.2. Pena de muerte: a través de indulto plebiscitario: vox populi, vox dei.

5.- LA SENTENCIA CONDENATORIA.

La forma y modo de ejecutar la pena de muerte a Jesucristo resulta inexplicable ya que básicamente se reconocían dos maneras:

5.1 Modo de ejecución capital: Pena capital romana: crucifixión (elegida por la turba).

5.2 Se desecha el apedreamiento: pena capital judía, que es el modo como se dispuso en el Pentateuco sancionar a los blasfemos, adúlteros. Recuérdese que años después de Cristo, Esteban es apedreado delante de Saulo de Tarso.

Con la crucifixión de Cristo se cumplió el tipo representado en el antiguo testamento por la serpiente levantada en un madero en el desierto y que traía vida y salud a los enfermos.

6.- APELACIÓN:

El derecho romano reconocía la facultad de interponer una apelación o recurso impugnatorio a fin que sea revisado en última instancia por el Cesar en la sede jurisdiccional de Roma, que era la capital del imperio.

Solo tenían derecho de apelar, quienes contaban con la ciudadanía romana. Recuérdese que el apóstol San Pablo hace uso de esa prerrogativa legal e interponer apelación al Cesar, ya que San Pablo (Saulo de Tarso) había adquirido la ciudadanía romana (Civitas Optimo Jure).

En cambio Jesús no gozaba de esa prerrogativa por ser un súbdito colonizado por Roma.

CONCLUSIONES:

1.- Jesús fue sometido en forma arbitraria a un arresto por delitos no comprobados. 2.- El juicio a Jesús fue sumarísimo y con falsos testigos de cargo.

3.- Poncio Pilatos tuvo hasta tres oportunidades para absolverlo, pero cedió ante la presión de la casta religiosa judía.

4.- La sentencia contra Jesús no fue apelada por carecer de las prerrogativas y calidades de ciudadano romano.

(*) El autor es abogado penalista, ex-diputado de la Nación, y participó como representante de la Sociedad Civil en la Comisión de Reforma del Poder Judicial. 

 

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