No tiene fundamento científico ni ético ni antropológico sostener que el aborto es un derecho

¿Cómo podría justificarse el derecho a interrumpir la vida de un ser humano inocente y además débil e indefenso?


Un funcionario argentino escribía: «¿Podríamos sostener hoy sin ser criticados, que el imperio del poder del Estado es soberano o exclusivo frente al interés de preservasión ecológica o el respeto a los derechos humanos?. No parece sorprendente que muchas negociaciones y normas internacionales versan sobre medidas o políticas internas que hasta hace no muchos años eran consideradas como del dominio de la libertad soberana de los Estados». La revalorización del individuo y «de sus derechos humanos considerados como formando parte de un derecho público universal», ha limitado el «poder tradicional de la autoridad del Estado». «El respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, la práctica de la democracia política y el desarme, son elementos centrales de la convivencia internacional; son como patrones de confiabilidad y solvencia moral de los Estados». «El respeto a esos derechos constituye elementos de condicionalidad creciente para la cooperación económica y, sin duda un bien social defendido no sólo por gobiernos que los practican sino por la prensa y la opinión pública que los exige. Son parte de una nueva legitimidad jurídica y política«. A estos patrones de gobernabilidad o confiabilidad hay que agregarles la conciencia ecológica, que limitará el poder del Estado, que estará sujeto a normas internacionales para el desarrollo sustentable del planeta .
Esta cita extensa, ayuda a proyectar las consecuencias del abuso de aceptar los derechos reproductivos y sexuales como Derechos Humanos, como pretenden las Naciones Unidas, o por lo menos, un importante grupo dentro de esa organización. El plan es crear una legislación internacional basada en la universalidad de los derechos humanos de las mujeres, interpretada por la Comisión de Derechos Humanos y por la Comisión sobre el Estado de la Mujer, (siglas en inglés, CSW). Esta legislación internacional estará por encima de las soberanías nacionales y sobre los derechos y las libertades individuales relativos a la conciencia y a la religión, como lo repiten hasta el cansancio algunas ONG´s con status consultivo en las Naciones Unidas.
En 1974, el gobierno de los Estados Unidos decidió, para evitar las acusaciones de imperialismo anticonceptivo, englobar sus políticas de control de natalidad dentro de las políticas de Derechos Humanos, fomentando los llamados derechos individuales en materia sexual y el derecho al desarrollo de las personas y de los países, e implementando esas políticas a través de los propios dirigentes de los países en vías de desarrollo, (Memorandum de Seguridad Nacional 200).3
Pasado un cuarto de siglo, consecuencia de esta política nos encontramos ante una opinión pública internacional que da por sentado, que en las últimas conferencias de las Naciones Unidas, «se obtuvo por consenso de la comunidad internacional y se estableció:», a) que los derechos humanos de las mujeres son universales, (Conferencia de los Derechos Humanos de Viena, 1993); b) que las mujeres tienen derechos reproductivos, (Conferencia de El Cairo sobre Población y Desarrollo, 1994); y c) que los derechos reproductivos son derechos humanos, (Conferencia de Beijing sobre la Mujer, 1995).
«Los documentos adoptados por las seis conferencias forjan un mandato internacional de actividades para los gobiernos y las organizaciones internacionales, las ONGs y otras organizaciones que velan por la promoción de los derechos reproductivos de las mujeres. Más aún, estos seis documentos de las Naciones Unidas también sirven como medios invaluables para acrecentar el uso y la interpretación de los instrumentos legales internacionales». La estrategia utilizada, es repetir hasta el cansancio estas afirmaciones, para que sean aceptadas de hecho. (Promoviendo los Derechos Reproductivos: Un Mandato Global4). Es necesario, para entender de qué se trata, situarse en el lenguaje de las Naciones Unidas y en la mentalidad de quienes pretenden interpretar los textos a favor de su ideología, teniendo también en cuenta que muchos documentos de las conferencias internacionales son intencionalmente poco claros y tienen un lenguaje afín con los actuales hermeneutas.
La anticoncepción, que lleva consigo la planificación familiar, en muchos casos es de por sí abortiva, como lo reconoce implícitamente la misma IPPF5. Aceptar la definición de la OMS de salud reproductiva, lleva a reconocer los derechos reproductivos y sexuales, o salud reproductiva y sexual, en este lenguaje siempre incluyen, el aborto y la libre opción sexual.

Conclusiones
1. El liberalismo político, reconociendo sus logros positivos, cuando pretende que el sistema democrático del consenso sea la fuente de la verdad, se transforma en un totalitarismo relativista. Todo sistema ideológico que quiera abarcar la realidad entera es inhumano, porque transforma las estructuras políticas en medio para la imposición de una ideología, como sucedió con todos los totalitarismos este siglo. Al afirmar incondicionalmente la libertad, acaba matando la verdad.
2. Esta situación se agrava, ante un intento sistemático y global de manipulación, -de ingeniería o reingeniería social, como dice Paul Johnson-, al servicio de intereses de minorías totalitarias que manipulan los logros ciertos de la humanidad, como son los Derechos Humanos.
3. Es necesaria una tarea de seguimiento, esclarecimiento y denuncia cuando aparezcan conceptos extraños a nuestro patrimonio cultural, en los actos y dichos de los políticos, formadores de opinión, personas destacadas en el ámbito cultural, etc…
4. Es necesario, esclarecer la confusión, muchas veces intencional, entre derechos humanos ciertos que protegen a la mujer contra la esterilización y aborto forzoso, la mutilación genital, los efectos dañinos de algunos anticonceptivos, la violación, etc., y los derechos humanos espúreos al aborto, a la anticoncepción, a la libre opción sexual, etc.
5. Es necesario, defender las reservas hechas por nuestro país a los instrumentos internacionales, que aunque parciales e insuficientes, pueden asegurar el respeto incondicional a la vida humana desde la concepción, el carácter inviolable de la vida del más débil: el embrión humano.
6. Es necesario, poner los medios oportunos para que se reconozca el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales de la salud, en cada ley que afecte o pueda afectar los valores o normas naturales: derecho a la vida, anticoncepción, fecundación asistida, planificación familiar, pacientes terminales, etc. Denunciar ante organismos nacionales e internacionales, como discriminación ideológica, o de conciencia o, lo que es peor, religiosa, la negación de este derecho.
7. Es necesario, extremar el control democrático de los actos de gobierno para que en el caso de aceptar el Protocolo Opcional de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, el Estado Argentino deje muy claro que para este país, los textos de la Convención que dicen, «el acceso a los servicios de cuidado de la salud incluirán aquellos relativos a la planificación familiar» (art. 12.1) y «servicios apropiados en conexión con el embarazo» (art. 12.2), no incluyen servicios de aborto legal y seguro, y muy especialmente, que no incluyen anticoncepción abortiva.
8. Es necesario, preparar una gran campaña de opinión a todo nivel, nacional e internacional, para neutralizar la posible inclusión de derechos humanos espúreos en vistas a la posible reforma de la Declaración de los Derechos Humanos .

El aborto no es un derecho

Lo ha afirmado un representante de la Santa Sede en las páginas del diario vaticano, comentando la decisión de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa que reconoce con este título esta práctica.

La Asamblea aprobó el 16 de abril pasado la resolución 1607 con la que invita a los 47 Estados miembros a orientar, allí donde sea necesario, la propia legislación, de manera que se les garantice a las mujeres «el derecho de acceso al aborto seguro y legal».
El documento fue aprobado con 102 votos a favor, 69 contrarios, y 14 abstenciones, tras un largo debate en el que se aportaron 72 enmiendas.
El obispo Elio Sgreccia, presidente de la Academia Pontificia para la Vida, en un artículo publicado en «L’Osservatore Romano», muestra cómo la resolución sobre el aborto del Consejo de Europa, con algunos principios compartibles, contiene una afirmación contraria a los derechos humanos.
La resolución comienza confirmando el principio, según el cual, bajo ninguna circunstancia el aborto tiene que ser visto como un medio e planificación familiar y que, en la medida de lo posible, debe ser evitado (Cf. n. 1).
El documento que intenta presionar constata que en algunos países del Consejo Europeo, en los que el aborto es permitido, de hecho no puede garantizarse a todas las mujeres «un efectivo acceso a los servicios para el aborto que sean seguros, aceptables y apropiados» (n. 2), a causa de las condiciones restrictivas previstas por las propias legislaciones. Esto, según la Asamblea, provocaría discriminaciones entre las mujeres según los diferentes países.
En este contexto, el documento utiliza el macabro término «derecho» para referirse al acceso efectivo al aborto.
El prelado considera que es un salto de calidad para quienes promueven esta práctica, pues «desde el punto de vista legislativo una cosa es permitir o despenalizar el aborto, bajo ciertas condiciones, y otra muy diferente es definirlo como un «derecho», al que lógicamente le debería seguir también un «deber» de tutela del mismo».

«Pero, ¿se puede verdaderamente defender un «derecho al aborto»? –se pregunta–. ¿Cómo podría justificarse el derecho a interrumpir la vida de un ser humano inocente y además débil e indefenso?».



Una táctica para promover el aborto es falsear datos.

Por Alcira Berruti
 
Una táctica para promover el aborto es falsear datos. Se dice, con irresponsabilidad, que la cifra de abortos clandestinos en la Argentina es de unos 500.000 por año y que estos provocan la muerte de 100 mujeres por año. Según estos números, de los 500.000 abortos, las fatales consecuencias para las madres ocasionan 100 muertes, poniendo en evidencia una eficacia altísima de lo clandestino, si consideramos los escasos medios de quienes practican estas cirugías ilegales. El resultado matemático: no parece creíble.
Se podría concluir que la medicina clandestina es muy eficaz o que las cifras son falsas. Tan grave es el silencio estremecedor sobre las cifras de los niños muertos. Si se practican 500.000 abortos, 500.000 son los niños que ven truncado su derecho a la vida, comprobable según datos científicos: ADN común a ambos padres desde la concepción, independencia del cuerpo materno a las dos semanas, latido del corazón a los 21 días; y estos son los que mueren en cada aborto. Nadie los tiene en cuenta, ni forman parte de una estadística.
Con tal de justificar el aborto se manipulan las cifras, haciendo distintas lecturas. Sería justo que se comprobaran los números, y que se terminara con la mentira de que el que muere es “un pedazo de tejido de la mujer” sobre el cual ésta tendría derecho a decidir. No puede creerse que, sobre estadísticas tramposas, la ley que concede al niño por nacer el derecho a heredar le niegue el derecho a vivir.

Alcira Berruti – DNI 4.1341.132
Diario Los Andes – Argentina

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