Apenas un día después de que el máximo tribunal firmó por unanimidad un fallo que confirmó que el aborto no es punible en caso de violación, el presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, monseñor José María Arancedo, fue recibido ayer por el titular de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti.
     Al salir del Palacio de Tribunales, el arzobispo de Santa Fe de la Vera Cruz reiteró la preocupación de la Iglesia por la resolución al asegurar que ahora la posibilidad de practicarse un aborto aparece "mucho más fácil".
     "Este fallo debilita mucho la defensa de la vida. El aborto se justifica solamente en una declaración jurada de que la mujer ha sido violada, sin la necesidad de que haya que ver quién ha sido el violador. El violador acá parecería que es inocente", sostuvo monseñor Arancedo en diálogo con la prensa.
     “Cuando perdemos el sentido de que la vida es un límite, corremos el peligro de trastocar mucho valores”, agregó.
     El arzobispo santafesino reveló que la respuesta de Lorenzetti a su planteo fue que con el fallo la Corte “responde a algunas necesidades” sociales alrededor del aborto.
     Tras insistir en que la resolución del máximo tribunal “culturalmente no nos hace bien”, advirtió que “puede abrir una puerta al aborto que nunca es una solución, nunca hay razones que justifiquen optar por una vida frente a la otra”.
     “Para la Iglesia, el aborto nunca es una solución y no hay razones que lo justifiquen porque es una muerte. Habrá que buscar soluciones de contener a la madre, de acompañarla, pero nunca el aborto”, aseveró.
      Al referirse a la declaración jurada que permite a una mujer certificar que fue violada, monseñor Arancedo reiteró que “ha quedado mucho más abierta la posibilidad de abortos sin tiempo, porque puede ser un embarazo de dos meses o cinco meses”.
Monseñor Martín de Elizalde
“La conciencia de los cristianos no puede aceptar que la vida de un niño por nacer sea considerada como algo del cual es posible deshacerse. El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no sólo abre las puertas a un trámite abreviado para hacer posible el aborto y sin las necesarias garantías de defensa de la vida inocente, sino que disimula la gravedad de su decisión convirtiéndolo en un simple paso aclaratorio de un proceso que se considera normal, y que es objeto de un derecho presuntamente adquirido, pero solamente de la madre”, advirtió en un comunicado el obispo de Nueve de Julio, monseñor Martín de Elizalde OSB.
     El prelado advirtió que “detrás de este fallo no es difícil prever que se darán situaciones injustas, y vendrá también la confusión de las conciencias, como si las situaciones verdaderamente condenables, como la violación, justificaran una reacción que convierte en víctima a un inocente”.
      Monseñor Elizade señaló que “se pretende distinguir ahora entre la acción legislativa, que no se ha pronunciado claramente todavía sobre la cuestión, y la decisión judicial, como ésta dada por la Corte Suprema”, y consideró que “es legítimo pensar que se está indicando así la dirección que tomará en adelante la legislación en materia del respeto por la vida y el derecho de familia, de lo cual hay anticipos en la anunciada reforma del Código Civil”.
 
Corporación de Abogados Católicos
La Corporación de Abogados Católicos advirtió que el fallo de la Corte Suprema de Justicia “amplía con inconstitucionalidad manifiesta” las causas no punibles de aborto contempladas en el artículo 86 del Código Penal, al permitirlo “en todos los supuestos en que el embarazo de la mujer se hubiera producido como consecuencia de una violación, que ni siquiera tiene que ser denunciada ante la autoridad competente”.
     También cuestionó que la sentencia del máximo tribunal haya considerado que “el derecho a la vida no es absoluto, en clara contradicción con las normas constitucionales” vigentes.
     Asimismo, criticó que también haya dejado “totalmente de lado el ‘interés superior del niño’ –consagrado constitucionalmente-, al desconocer su derecho a nacer, así como el valor inconmensurable de la vida de la persona por nacer, para enfocarse única y exclusivamente en la situación de la mujer, aunque sin casi tenerse en cuenta las repercusiones negativas que desde el punto de vista psíquico suelen afectarla luego de proceder a un aborto procurado”.
El fallo unánime de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando “no punible” el aborto por violación mereció la reacción de numerosas organizaciones pro-vida.
     Movimiento Familiar Cristiano (MFC): "La Corte Suprema de Justicia de la Na­ción trasgrede leyes fundamentales, haciendo hin­capié en una parte importante de la cuestión, que es la concepción de un hijo producto de una violación, pero sin tomar en cuenta que, más allá de ese hecho abominable, se permite eliminar una vida inocente, bien supremo, derecho primero de toda persona. No es menos grave que se permita acceder a esta práctica por la sola declaración de la mujer que dice haber sido violada; esto da pie a cualquier tipo de manipulación. Mientras tanto, leyes ágiles con procedimientos más ágiles todavía – banco de da­tos, registro de violadores, etc. – que permitirían actuar eficazmente contra el agresor y a favor de la prevención, leyes largamente esperadas, no parecen ser tan importantes a los ojos de la Corte como el seguir castigando a inocentes con la muerte.
     Red Salta (Familia, vida y educación): La Corte invade las competencias del legislador y de la administración; banaliza el delito de violación al no promover, siquiera como notitia criminis, la persecución al criminal responsable; expone a la víctima de la violación a un nuevo daño moral y psicológico producido por el propio aborto; desconoce el derecho a la vida del niño por nacer convirtiendo la excepción en regla; discrimina a personas humanas en virtud de las circunstancias de su concepción; instaura un proceso sencillo, despersonalizado y expeditivo para el efectivo exterminio de vidas humanas en cualquier momento del embarazo, y priva del derecho de acceder a la Justicia (“no judicialización”) a los representantes del niño por nacer para alegar por su vida”.
     Para Hacerse Oír – Hablemos Claro: Resulta evidente que la resolución de la Suprema Corte alentará a quienes, en el ámbito del Congreso Nacional, promueven proyectos de ley para despenalizar y legalizar el aborto en la Argentina, meta que algunos se han propuesto cumplir en 2012. Ante ese panorama, reafirmamos los principios inmutables en los cuales ha fundamentado la defensa del niño por nacer y destaca, una vez más, que no hay acto de mayor discriminación que decidir quién nace y quién no, de acuerdo al modo como ha sido concebido. Como también recordamos que el aborto tiene consecuencias gravísimas para la salud física y psicológica de la mujer al ser sometida a la experiencia más deshumanizante y traumática que se pueda sufrir, que se sumará al terrible trauma anterior de la aberrante violación”.
     Sociedad Argentina de Ética Médica y Biológica (SAEMB): “Este fallo viola, sobre todo, la trascendencia y dignidad intrínseca de esa vida humana, inocente, indefensa, débil, inimputable, digna, irrepetible, a la que se la discrimina por el modo de llegar a la vida injustamente, ya que al violador no le dan el mismo destino que al engendrado. Se le niegan los derechos humanos principalísimos, absolutos, inviolables, adquiridos, inalienables e imprescriptibles y ponen a esa vida humana en situación de desamparo, sustraída al defensor de menores y jueces, y la ponen al arbitrio de una mujer, que ‘aduce’ haber sido violada sin presentar ninguna prueba de esta hecho delictuoso”.
Fuente: Aica.org

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *